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- Código PR §1053.02Contribuciones Retenidas en el OrigenPuerto RicoSección de código
contribución retenida en el origen bajo la Sección 1062.08 o la Sección 1062.11 será admitido como un crédito contra la contribución
- Código PR §1053.07Crédito por Contribuciones Retenidas sobre la ParticipaciónPuerto RicoSección de código
Sociedad Especial La contribución retenida en el origen según las secciones 1062.04, 1062.10 y 1062.11 con respecto a la participación distribuible en una sociedad especial será admitida como un crédito
- Código PR §6041.04Penalidad por Dejar de Entregar Declaración Informativa al ReceptorPuerto RicoSección de código
ingreso la declaración informativa requerida por las Secciones 1062.01(n)(2), 1062.02, 1062.03, 1062.08, 1062.11, 1063.01, 10630.02, 1063.03, 1063.04, 1063.05 y 1063.06, a menos que se demuestre que tal omisión
- Código PR §6041.12Penalidad Por Dejar de Depositar Contribuciones Retenidas Bajo lasPuerto RicoSección de código
Secciones 1062.08, 1062.10, 1062.11 (a) En caso de que cualquier persona dejare de depositar las contribuciones deducidas y retenidas bajo las Secciones 1062.08, 1062.10 y 1062.11 de este Código dentro
- Código PR §1092.07Pago de la ContribuciónPuerto RicoSección de código
sobre el ingreso de corporaciones y de sociedades extranjeras se regirá por la Sección 1062.11
- Código PR §1114.16Trato de la Participación Distribuible a Socios no ResidentesPuerto RicoSección de código
especial y la misma se regirá por las disposiciones de las Secciones 1062.08, 1062.10, 1062.11, 1091.01 y 1092.01. No obstante, el monto de la contribución retenida bajo dichas disposiciones será
- Código PR §6041.11Penalidad Por Dejar de Rendir Ciertas Declaraciones Informativas,Puerto RicoSección de código
hechos a otra persona, según se requiere en las Secciones 1062.01 (n)(2), 1062.08, 1062.11, 1063.01(a), 1063.03, 1063.04, 1063.05(a), (2) la planilla requerida por la Sección ... siguientes penalidades: (1) por cada declaración requerida por las Secciones 1062.01(n)(2), 1062.08, 1062.11, 1063.01(a), 1063.02, 1063.03, 1063.04, 1063.05(a), 1063.06, quinientos (500) dólares. (2) por cada planilla
- Código PR §6080.08Obligación de Depositar Contribuciones Deducidas y Retenidas en elPuerto RicoSección de código
deducir y retener cualquier contribución sobre ingresos bajo las Secciones 1062.08, 1062.10 y 1062.11, o bajo reglamentos establecidos por el Secretario de conformidad con este Subtítulo, y a entregar ... dejare de depositar las contribuciones deducidas y retenidas bajo las Secciones 1062.08, 1062.10 y 1062.11dentro del término establecido por ley, estará sujeta a las penalidades provistas en la Sección
- Código PR §1053.04Crédito por Contribución Retenida sobre Salarios e InteresesPuerto RicoSección de código
General.- La cantidad deducida y retenida como contribución bajo la Sección 1062.11 durante cualquier año natural sobre los salarios de un individuo será admitida como un crédito al receptor
- Código PR §1062.02Retención En el Origen con Respecto a Pagos por IndemnizaciónPuerto RicoSección de código
Puerto Rico que estén sujetos a la retención dispuesta en las Secciones 1062.08 y 1062.11
- Código PR §1092.02Contribución sobre Monto Equivalente a DividendoPuerto RicoSección de código
apartado (a), no se impondrá contribución ni se efectuará retención bajo las Secciones 1062.08, 1062.11 y 1092.01, sobre cualquier dividendo o beneficio de sociedad pagados por la corporación o sociedad
- Código PR §1062.03Retención en el Origen Sobre Pagos por Servicios PrestadosPuerto RicoSección de código
Puerto Rico que estén sujetos a la retención dispuesta en las Secciones 1062.08 y 1062.11. (7) Pagos de salarios sujetos a la retención dispuesta en la Sección 1062.01. (8) Pagos
- Código PR §1010.01DefinicionesPuerto RicoSección de código
Secciones 1023.06, 1023.07, 1023.04, 1023.05, 1062.02, 1062.03, 1062.04, 1062.05, 1062.08,l 1062.09, 1062.10 y 1062.11. (16) Cónyuge.-El término “cónyuge”, para los fines de las Secciones 1032.02 y 1083.09, significa
- Código PR §6021.02Reintegros y CréditosPuerto RicoSección de código
retenida en el origen bajo las Secciones 1062.01, 1062.02, 1062.03, 1062.04, 1062.05, 1062.08, y 1062.11 del Subtítulo A excediere las contribuciones impuestas por dicho Subtítulo contra las cuales la contribución
- Código PR §1112.01Tributación de Compañías Inscritas de Inversiones y de sus AccionistasPuerto RicoSección de código
acreditar la contribución que se requiere deducir y retener bajo las Secciones 1062.08 y 1062.11 por la parte proporcional correspondiente a dicho accionista de las contribuciones sobre ingresos, beneficios
- Código PR §1082.02Tributación de un Fideicomiso de Inversiones en Bienes Raíces y susPuerto RicoSección de código
retener dicha contribución de acuerdo con las disposiciones bajo las Secciones 1062.08 y 1062.11, y acreditar dicha contribución con la parte proporcional correspondiente a dicho accionista de las contribuciones sobre
- Código PR §1062.08Retención en el Origen de la Contribución en el Caso de Individuos NoPuerto RicoSección de código
Sección 1102.01, las disposiciones de esta sección y las de la Sección 1062.11 se aplicarán a las rentas incluibles bajo la Sección 1102.02 al computar su ingreso neto comercial
- Código PR §1092.01Contribución a Corporaciones ExtranjerasPuerto RicoSección de código
limitaciones y excepciones: (I) En caso de corporaciones a que se refiere la Sección 1062.11(b), la contribución se limitará a aquella porción, si alguna, de dicho diez
- DA 22-08Medidas de Administración Contributiva en respuesta a la Emergencia Causada tras el paso del Huracán FionaPuerto RicoDeterminación administrativaVigencia: 2022-09-27
demás retenciones en el origen requeridas bajo las secciones 1062.02, 1062.08, 1062.09, 1062.10 y 1062.11 del Código; y (h) los pagos de contribución estimada requeridos bajo las secciones