CC RI 26-01
Radicación del Formulario Modelo SC 2644, Solicitud de Prórroga Para Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos, para el año contributivo 2025
- Puerto Rico
- Carta circular
- Vigencia: 2026-02-09
- Versión 1
5 de febrero de 2026
CARTA CIRCULAR DE RENTAS INTERNAS NÚM. 26-01 (“CC RI 26-01”)
ATENCIÓN: TODOS LOS CONTRIBUYENTES
ASUNTO: RADICACIÓN DEL FORMULARIO MODELO SC 2644, SOLICITUD DE
PRÓRROGA PARA RENDIR LA PLANILLA DE CONTRIBUCIÓN SOBRE
INGRESOS, PARA EL AÑO CONTRIBUTIVO 2025
I. Exposición de Motivos
Las Secciones 1061.03(c), 1061.06(c), 1061.07(c), 1061.09(b)(4), 1061.10(b)(2) y 1061.16 del
Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”), proveen para
una prórroga automática (“Prórroga Automática”) para la radicación de la Planilla de Contribución
sobre Ingresos (“Planilla”), previo a la solicitud radicada por el contribuyente no más tarde de la
fecha límite establecida por el Código para rendir dicha planilla y sujeto a las reglas que
establezca el Secretario de Hacienda. La solicitud de la Prórroga Automática (“Solicitud de
Prórroga Automática”) se realiza mediante la radicación del formulario Modelo SC 2644, Solicitud
de Prórroga para Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos.
Conforme a lo establecido en la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 20-15, es requerido que
la Solicitud de Prórroga Automática sea efectuada únicamente por medios electrónicos a través
del Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”). A tenor con lo anterior, el Departamento de
Hacienda (“Departamento”) emite esta Carta Circular con el propósito de establecer el
procedimiento de radicación electrónica de la Solicitud de Prórroga Automática para el año
contributivo 2025.
II. Determinación
Para el año contributivo 2025 será requerido que la radicación de la Solicitud de Prórroga
Automática sea efectuada únicamente por medios electrónicos a través de SURI,
independientemente que la planilla correspondiente se tenga que rendir en papel. Para estos
propósitos, el Departamento ya tiene disponible el enlace para que los contribuyentes puedan
preparar y radicar electrónicamente su Solicitud de Prórroga Automática del año contributivo
2025.
A. Procedimiento para la radicación electrónica de la Solicitud de Prórroga
Automática para el año contributivo 2025
Todo contribuyente que necesite radicar electrónicamente una Solicitud de Prórroga Automática
para el año contributivo 2025 puede hacerlo de cualquiera de las siguientes maneras:
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1. A través de su cuenta de Contribución sobre Ingresos en SURI
a. Contribuyentes que sean individuos
Todo individuo que necesite rendir una Solicitud de Prórroga Automática para el año contributivo
2025 puede preparar y radicar la misma electrónicamente a través de su cuenta de Individuo –
Contribución Sobre Ingresos en SURI, siguiendo los pasos que se indican a continuación:
(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseña.
(ii) En la sección Resumen, ubique la cuenta Individuo - Contribución sobre
Ingresos y en la opción Cuenta, seleccione el enlace Formularios, periodos
y otras opciones.
(iii) En el menú de Periodos, seleccione el periodo contributivo para el cual
interesa radicar la Solicitud de Prórroga Automática y oprima el enlace
Solicite una prórroga para radicar planilla, que está disponible en la esquina
superior derecha.
(iv) Siga las instrucciones del sistema. Una vez sometida su Solicitud de
Prórroga, el sistema emitirá un mensaje de confirmación y tendrá la opción
de seleccionar “Imprimir” para obtener una copia de la Solicitud de Prórroga
radicada. Le exhortamos a conservar dicho documento en sus expedientes.
b. Contribuyentes que sean entidades conducto, fideicomisos revocables o
fideicomisos para beneficio del fideicomitente “Grantor Trusts” y corporaciones
especiales de trabajadores
Toda entidad conducto, fideicomiso revocable o fideicomiso para beneficio del fideicomitente
“Grantor Trusts” y corporación especial de trabajadores que necesite rendir una Solicitud de
Prórroga Automática para el año contributivo 2025 puede preparar y radicar la misma
electrónicamente a través de su cuenta de Entidad Conducto en SURI, siguiendo los pasos que
se indican a continuación:
(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseña.
(ii) En la sección Resumen, ubique la cuenta Entidad Conducto y en la opción
Cuenta, seleccione el enlace Formularios, periodos y otras opciones.
(iii) En el menú de Periodos, seleccione el periodo contributivo para el cual
interesa radicar la Solicitud de Prórroga Automática y oprima el enlace
Solicite una prórroga para radicar planilla, que está disponible en la esquina
superior derecha. En aquellos casos en que la Solicitud de Prórroga
Automática se esté radicando para un contribuyente con un cierre de periodo
anual de contabilidad que no sea un año natural, asegúrese de seleccionar
correctamente el cierre del año contributivo (mes y año) en el menú de
Periodos.
(iv) Siga las instrucciones del sistema. Una vez sometida su Solicitud de
Prórroga Automática, el sistema emitirá un mensaje de confirmación y tendrá
la opción de seleccionar “Imprimir” para obtener una copia de la Solicitud de
Prórroga Automática radicada. Le exhortamos a que guarde dicho
documento en sus expedientes.
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El proceso indicado anteriormente también es aplicable a aquellas entidades que tengan que
radicar la Solicitud de Prórroga Automática para rendir el Formulario 480.1(SC) “Planilla
Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto – Combinada” o el Formulario 482(C) “Planilla
Compuesta Dueños Individuos de Entidades Conducto”, del año contributivo 2025. En estos
casos, en la pantalla del Tipo de Planilla, la entidad conducto debe seleccionar la Planilla
correspondiente para la cual está radicando la Solicitud de Prórroga Automática.
c. Todos los demás contribuyentes
Aquellos contribuyentes no especificados en las Partes II-A-1-a y II-A-1-b de esta Carta Circular
que necesiten rendir una Solicitud de Prórroga Automática para el año contributivo 2025 pueden
preparar y radicar la misma electrónicamente a través de SURI, siguiendo los pasos que se
indican a continuación:
(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseña.
(ii) En la sección Resumen, ubique la cuenta Corporación - Contribución sobre
Ingresos y en la opción Cuenta, seleccione el enlace Formularios, periodos
y otras opciones.
(iii) En el menú de Periodos, seleccione el periodo contributivo para el cual
interesa radicar la Solicitud de Prórroga Automática y oprima el enlace
Solicite una prórroga para radicar planilla, que está disponible en la esquina
superior derecha. En aquellos casos en que la Solicitud de Prórroga
Automática se esté radicando para un contribuyente con un cierre de periodo
anual de contabilidad que no sea un año natural, asegúrese de seleccionar
correctamente el cierre del año contributivo (mes y año) en el menú de
Periodos.
(iv) Siga las instrucciones del sistema. Una vez sometida su Solicitud de
Prórroga Automática, el sistema emitirá un mensaje de confirmación y tendrá
la opción de seleccionar “Imprimir” para obtener una copia de la Solicitud de
Prórroga Automática radicada. Le exhortamos a que guarde dicho
documento en sus expedientes.
2. A través de la página principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesión
Bajo esta opción, no es necesario que el contribuyente tenga una cuenta en SURI. Para radicar
la Solicitud de Prórroga Automática a través de SURI utilizando esta opción, siga los pasos
indicados a continuación:
a. Acceda a SURI a través de: https://suri.hacienda.pr.gov.
b. Desde la página principal, sin iniciar sesión, oprima el enlace Solicite una prórroga
para radicar planilla que está disponible bajo la opción de Planillas.
c. Seleccione el enlace Prórroga Planilla de Individuo o Prórroga para diferentes
tipos de entidades jurídicas, que le corresponda según el tipo de contribuyente y
siga las instrucciones del sistema. En aquellos casos en que la Solicitud de
Prórroga Automática la esté radicando un Especialista en Planillas, Declaraciones
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o Reclamaciones de Reintegro (“Especialista”) en representación de un
contribuyente, este debe contestar que Sí en la pantalla Especialista e ingresar la
información requerida.
d. Una vez sometida su Solicitud de Prórroga Automática, el sistema emitirá un
mensaje de confirmación y tendrá la opción de seleccionar “Imprimir” para obtener
una copia de la Solicitud de Prórroga Automática radicada. Le exhortamos a que
guarde dicho documento en sus expedientes.
B. Solicitud de Prórroga Automática con Balance de Contribución Pendiente de Pago
La Solicitud de Prórroga Automática solo extiende el término para radicar la planilla de
contribución sobre ingresos correspondiente. Por tanto, la misma no extiende el tiempo para
pagar cualquier balance pendiente de pago que pueda surgir con dicha planilla. En estos casos,
la Solicitud de Prórroga Automática puede radicarse junto con un pago para evitar la acumulación
de intereses y recargos sobre el balance de contribución no pagado a la fecha límite establecida
por el Código. Dicho pago puede efectuarse de cualquiera de las siguientes maneras:
1. Con la Radicación Electrónica de la Solicitud de Prórroga Automática
El contribuyente podrá efectuar el pago como parte del proceso de radicación electrónica de la
Solicitud de Prórroga Automática, siguiendo los pasos mencionados en la Parte II-A de esta Carta
Circular. Para estos propósitos, debe ingresar la cantidad del pago que interesa efectuar en la
Línea 1a “Cantidad pagada con esta solicitud”. En estos casos se exhorta al contribuyente o
Especialista a que se asegure que la información del número de cuenta bancaria y número de
ruta, o la información de la tarjeta de crédito, sea ingresada correctamente.
2. A través de su cuenta en SURI
Para utilizar esta opción, luego de radicar electrónicamente la Solicitud de Prórroga Automática,
siga los pasos que se indican a continuación:
(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseña.
(ii) En la sección Resumen, ubique la cuenta Individuo - Contribución sobre
Ingresos, Entidad Conducto o Corporación - Contribución sobre ingresos,
según corresponda, y en la opción Cuenta, seleccione el enlace Efectúe un
pago.
(iii) Escoja la opción que utilizará para efectuar el pago. Para más información
sobre cada opción de pago disponible, puede referirse al Boletín Informativo
de Rentas Internas Núm. 20-03 (“BI RI 20-03”), el cual se encuentra en la
página de internet del Departamento: www.hacienda.pr.gov.
(iv) Siga las instrucciones del sistema. En el Tipo de pago, asegúrese de
seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del año
contributivo para el cual interesa que se aplique el pago.
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(v) Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá un
resumen, junto con un número de confirmación. Le exhortamos a que
guarde dicha información en sus expedientes.
3. A través de la página principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesión
Para utilizar esta opción, luego de radicar electrónicamente la Solicitud de Prórroga Automática,
siga los pasos indicados a continuación:
(i) Acceda a SURI a través de: https://suri.hacienda.pr.gov.
(ii) Desde la página principal, sin iniciar sesión, oprima el enlace Efectúe un
pago que se encuentra disponible bajo la opción de Pagos.
(iii) Escoja la opción que utilizará para efectuar el pago. Para más información
sobre cada opción de pago disponible, puede referirse al BI RI 20-03, el cual
se encuentra en la página de internet del Departamento:
www.hacienda.pr.gov.
(iv) Complete toda la información requerida. En la pantalla Información del
Contribuyente, en la parte Información de la Cuenta, asegúrese de
seleccionar: Individuo - Contribución sobre Ingresos, Entidad Conducto o
Corporación - Contribución sobre Ingresos, según corresponda, en el Tipo
de Cuenta para Pagar y en la parte Información del periodo, asegúrese de
seleccionar el cierre del Periodo de radicación para el cual interesa que se
aplique el pago. Además, en la pantalla Pago, bajo el Tipo de pago,
asegúrese de seleccionar Pago de planilla.
(v) Una vez completada la transacción de pago, el sistema le proveerá un
resumen, junto con un número de confirmación. Le exhortamos a que
guarde dicha información en sus expedientes.
III. Vigencia
Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.
Para información adicional sobre las disposiciones de esta Carta Circular, puede enviar un
mensaje a través de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123.
Cordialmente,
Lcdo. Ángel L. Pantoja Rodríguez
Secretario
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