Contributiva.
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CC RI 26-04

Radicación de la Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto, Formulario 480.2(EC), para el año contributivo 2025

Puerto Rico
Carta circular
Vigencia: 2026-03-02
Versión 1

Fuente oficial ↗

27 de febrero de 2026 CARTA CIRCULAR DE RENTAS INTERNAS N⁄M. 26-04 (“CC RI 26-04”) ATENCI”N: SOCIEDADES, CORPORACIONES Y COMPA—ÕAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE TRIBUTAN COMO ENTIDAD CONDUCTO Y ESPECIALISTAS EN PLANILLA ASUNTO: RADICACI”N DE LA PLANILLA INFORMATIVA SOBRE INGRESOS DE ENTIDADES CONDUCTO, FORMULARIO 480.2(EC), PARA EL A—O CONTRIBUTIVO 2025 I. ExposiciÛn de Motivos La SecciÛn 1078.01(a)(3)(ii) del CÛdigo de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, seg ̇n enmendado (“Código”), dispone que las reglas aplicables a la radicación de planillas establecidas en la SecciÛn 1061.03 del CÛdigo ser·n aplicables a las Entidades Conducto, seg ̇n dicho tÈrmino se define en la SecciÛn 1010.01(a)(43) del CÛdigo (en adelante, “Entidades Conducto”). Conforme a las disposiciones de dicha sección, el Departamento de Hacienda (“Departamento”) anualmente emite el Formulario 480.2(EC), Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto (“Planilla de Entidad Conducto”) a ser utilizado para la radicaciÛn de dicha planilla correspondiente al aÒo contributivo. Seg ̇n lo establecido en la Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 20-10 (“CC RI 20-10”), desde el año contributivo 2019, es requisito que la radicaciÛn de la Planilla de Entidad Conducto se realice ̇nicamente por medios electrÛnicos. Adem·s, toda Entidad Conducto que venga obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto para un aÒo contributivo debe preparar, radicar y entregar para dicho aÒo contributivo, un Formulario 480.6 EC, DeclaraciÛn Informativa Entidad Conducto (“Formulario 480.6EC”), a cada uno de sus dueños. Conforme a lo establecido en la Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 16-04 y al BoletÌn Informativo de PolÌtica Contributiva N ̇m. 16-04, dichos formularios solo se pueden radicar por medios electrÛnicos. Por su parte, el 25 de febrero de 2022, el Departamento emitiÛ el BoletÌn Informativo de Rentas Internas N ̇m. 22-08 (“BI RI 22-08”) con el propÛsito de notificar que, a partir del aÒo contributivo 2021, la Planilla de Entidad Conducto y los Formularios 480.6EC que se emitan exclusivamente para dicha planilla solo se podr·n radicar por medios electrÛnicos a travÈs de uno de los programas certificados por el Departamento para la preparaciÛn y radicaciÛn electrónica de dicha planilla (“Programas Certificados”). Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”) 27 de febrero de 2026 P·gina 2 A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propÛsito de establecer el procedimiento de radicaciÛn electrÛnica de la Planilla de Entidad Conducto para el aÒo contributivo 2025 y de los Formularios 480.6EC que se emitan exclusivamente para dicha planilla. II. DeterminaciÛn A. Fecha LÌmite para Radicar la Planilla de Entidad Conducto Como regla general, toda Entidad Conducto que estÈ dedicada a industria o negocio en Puerto Rico viene obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto no m·s tarde del ̇ltimo dÌa del tercer (3er) mes siguiente al cierre del aÒo contributivo, conforme a lo dispuesto en la SecciÛn 1061.03(a) del CÛdigo, seg ̇n enmendada por la Ley 65-2025. Asimismo, los Formularios 480.6EC deben ser radicados electrÛnicamente, simult·neamente con dicha planilla, y entregados a los socios, miembros o accionistas no m·s tarde del ̇ltimo dÌa del tercer (3er) mes siguiente al cierre del aÒo contributivo de la entidad. A manera de ejemplo, una Entidad Conducto con cierre de periodo anual de contabilidad el 30 de abril de 2026, debe rendir su Planilla de Entidad Conducto, junto con los Formularios 480.6EC, del aÒo contributivo 2025 no m·s tarde del viernes, 31 de julio de 2026. De igual forma, la Planilla de Entidad Conducto y los Formularios 480.6EC correspondientes, que sea rendida a base de un aÒo natural debe radicarse no m·s tarde del martes, 31 de marzo de 2026. B. Proceso de RadicaciÛn de la Planilla de Entidad Conducto del AÒo Contributivo 2025 Seg ̇n notificado en el BI RI 22-08, a partir del aÒo contributivo 2021, toda Entidad Conducto que venga obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto, solo podr· radicar la misma electrÛnicamente a travÈs de uno de los Programas Certificados. Dichos programas se podr·n acceder a partir del martes, 3 de marzo de 2026, a travÈs de nuestra p·gina de internet: www.hacienda.pr.gov, bajo el enlace Planillas 2025, o bajo el ·rea de Comerciantes, en la opciÛn ContribuciÛn sobre Ingresos y seleccionando el enlace Radicar en LÌnea – Planilla 2025. Sin embargo, la utilizaciÛn de dichos programas est· sujeta al costo establecido por cada uno de los proveedores de los mismos. Por su parte, los Especialistas en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegro (“Especialistas”) podrán radicar electrónicamente las Planillas de Entidad Conducto utilizando el programa privado de su selecciÛn que hayan adquirido para preparar las planillas del aÒo contributivo 2025 de aquellos contribuyentes que los hayan contratado para proveerles dicho servicio. Para completar la radicaciÛn electrÛnica de dichas planillas, el Especialista utilizar· su n ̇mero de especialista (ID de Especialista) y el cÛdigo de especialista (PIN de Especialista) que le fue asignado y que tiene disponible a travÈs de su cuenta en el Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”). Cabe seÒalar que la copia electrÛnica de la Planilla de Entidad Conducto que estar· disponible a travÈs de la cuenta del contribuyente en SURI es la procesada por el Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”) 27 de febrero de 2026 P·gina 3 Departamento. Por tal razÛn, le exhortamos a que guarde en sus expedientes una copia de la planilla seg ̇n la misma fue radicada a travÈs del Programa Certificado para futuras referencias. C. Procedimiento para Radicar ElectrÛnicamente las Evidencias Requeridas con la Planilla de Entidad Conducto Todas las evidencias requeridas con su Planilla de Entidad Conducto deben ser sometidas por medios electrÛnicos a travÈs de SURI, luego de haber radicado electrÛnicamente su planilla a travÈs de uno de los Programas Certificados, pero no m·s tarde del cuarto dÌa laborable despuÈs de la fecha de vencimiento establecida para radicar la Planilla de Entidad Conducto, incluyendo prÛrrogas, o el cuarto dÌa laborable despuÈs de haber radicado electrÛnicamente dicha planilla (en aquellos casos en que el contribuyente radica luego de la fecha de vencimiento de la misma). Cabe seÒalar que puede someter las evidencias antes de que culmine el periodo anteriormente indicado. No obstante, una vez sometidas, no podr· aÒadir o eliminar documentos, toda vez que la informaciÛn sometida pasar· a formar parte de su Planilla de Entidad Conducto, y el Departamento comenzar· el procesamiento de la misma. A continuaciÛn se establece el procedimiento para someter electrÛnicamente, a travÈs de SURI, las evidencias requeridas con su Planilla de Entidad Conducto: a. A travÈs de su cuenta de Entidad Conducto en SURI Para someter las evidencias a travÈs de SURI utilizando esta opciÛn, siga los pasos indicados a continuaciÛn: (i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseÒa. (ii) En la secciÛn Resumen, ubique la cuenta Entidad Conducto y en la opciÛn Cuenta, seleccione el enlace Someta evidencia de planilla. TambiÈn puede acceder el enlace Someta evidencia de planilla que est· disponible al seleccionar el enlace Formularios, periodos y otras opciones. (iii) Seleccione el enlace Someter evidencia requerida con planilla y siga las instrucciones del sistema. (iv) Una vez sometidas las evidencias, el sistema le proveer· un n ̇mero de confirmaciÛn. Le exhortamos a conservar dicho n ̇mero en sus expedientes. Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”) 27 de febrero de 2026 P·gina 4 b. A travÈs de la p·gina principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesiÛn Bajo esta opciÛn, no es necesario que el contribuyente tenga una cuenta en SURI, pero si debe tener accesible el n ̇mero de confirmaciÛn de radicaciÛn electrÛnica de la Planilla de Entidad Conducto que le proveer· el Programa Certificado, una vez haya radicado la planilla. Para someter las evidencias a travÈs de SURI utilizando esta opciÛn, siga los pasos indicados a continuaciÛn: (i) Acceda a SURI a travÈs de: https://suri.hacienda.pr.gov. (ii) Desde la p·gina principal, sin iniciar sesiÛn, oprima el enlace Someta evidencia para su planilla que se encuentra disponible bajo la opciÛn Planillas. (iii) Seleccione el enlace Someter evidencia requerida con planilla y siga las instrucciones del sistema. En el Tipo de ID, seleccione la opciÛn CÛdigo de ConfirmaciÛn e ingrese el n ̇mero de confirmaciÛn de radicaciÛn electrÛnica de la Planilla de Entidad Conducto para la cual va a someter las evidencias. (iv) Una vez sometidas las evidencias, el sistema le proveer· un n ̇mero de confirmaciÛn. Le exhortamos a que guarde dicho n ̇mero en sus expedientes. D. AutorizaciÛn de Firma Digital en Planillas Radicadas por Especialistas En aquellos casos donde el contribuyente le pague a un Especialista por la preparaciÛn y radicaciÛn de su Planilla de Entidad Conducto, el Especialista deber· obtener una autorizaciÛn escrita del contribuyente para firmar de forma digital, en su representaciÛn, su Planilla de Entidad Conducto. Para estos propÛsitos, el Departamento ha emitido el formulario Modelo SC 2909 B, AutorizaciÛn a Especialistas en Planillas para la RadicaciÛn ElectrÛnica y Firma Digital de la Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto (“Modelo 2909B”). Dicho modelo incorpora cierta información de la Planilla de Entidad Conducto en donde el contribuyente certifica que examinÛ dicha planilla y que la misma es cierta, correcta y completa. El Modelo 2909B est· disponible en nuestra p·gina de internet, www.hacienda.pr.gov, bajo el ·rea de Planillas, Formularios y Anejos. Cabe seÒalar que el Modelo 2909B no ser· parte de la Planilla de Entidad Conducto que estar· radicando electrÛnicamente el Especialista. No obstante, el Especialista debe conservar, por un tÈrmino mÌnimo de diez (10) aÒos, el Modelo 2909B de cada Entidad Conducto para el cual Èste haya radicado electrÛnicamente y firmado de forma digital la Planilla de Entidad Conducto. Adem·s, debe conservar copia de la identificaciÛn entregada por el contribuyente y de la planilla radicada electrÛnicamente. E. Pago Estimado de la ContribuciÛn sobre la ParticipaciÛn Distribuible Conforme a lo establecido en la CC RI 20-10, efectivo a partir del aÒo contributivo 2019, el pago estimado de la contribuciÛn sobre ingresos de la participaciÛn distribuible en el ingreso Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”) 27 de febrero de 2026 P·gina 5 de una Entidad Conducto, incluyendo los pagos relacionados a la opciÛn de acogerse a la contribuciÛn opcional sobre ingreso bruto a nivel de la entidad, solo se podr· efectuar por medios electrÛnicos a travÈs de SURI. Puede efectuar dicho pago de cualquiera de las siguientes maneras: 1. A travÈs de su cuenta de Entidad Conducto en SURI Para utilizar esta opciÛn, siga los pasos que se indican a continuaciÛn: (i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseÒa. (ii) En la secciÛn Resumen, ubique la cuenta Entidad Conducto y en la opciÛn Cuenta, seleccione el enlace Efect ̇e un pago. (iii) Escoja la opciÛn que utilizar· para efectuar el pago. Para m·s informaciÛn sobre cada opciÛn de pago disponible, puede referirse al BoletÌn Informativo de Rentas Internas N ̇m. 20-03 (“BI RI 20-03”), el cual se encuentra en la p·gina de internet del Departamento: www.hacienda.pr.gov. (iv) Siga las instrucciones del sistema. En el Tipo de pago, aseg ̇rese de seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del aÒo contributivo para el cual interesa que se aplique el pago. (v) Una vez completada la transacciÛn de pago, el sistema le proveer· un resumen, junto con un n ̇mero de confirmaciÛn. Le exhortamos a conservar dicha informaciÛn en sus expedientes. 2. A travÈs de la p·gina principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar sesiÛn Para utilizar esta opciÛn, siga los pasos indicados a continuaciÛn: (i) Acceda a SURI a travÈs de: https://suri.hacienda.pr.gov. (ii) Desde la p·gina principal, sin iniciar sesiÛn, oprima el enlace Efect ̇e un pago que se encuentra disponible bajo la opciÛn de Pagos. (iii) Escoja la opciÛn que utilizar· para efectuar el pago. Para m·s informaciÛn sobre cada opciÛn de pago disponible, puede referirse al BI RI 20-03, el cual se encuentra en la p·gina de internet del Departamento: www.hacienda.pr.gov. (iv) Siga las instrucciones del sistema. En la pantalla InformaciÛn del Contribuyente, en la parte InformaciÛn de la Cuenta, aseg ̇rese de seleccionar Entidad Conducto en el Tipo de Cuenta para Pagar y en la parte InformaciÛn del periodo, aseg ̇rese de seleccionar el cierre del Periodo de radicaciÛn para el cual interesa que se aplique el pago. Adem·s, en la pantalla Pago, bajo el Tipo de pago, aseg ̇rese de seleccionar Pago de planilla. Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”) 27 de febrero de 2026 P·gina 6 (v) Una vez completada la transacciÛn de pago, el sistema le proveer· una confirmaciÛn que incluye un resumen de la transacciÛn de pago realizada, junto con un n ̇mero de confirmaciÛn. Le exhortamos a conservar dicha informaciÛn en sus expedientes. F. Planillas de Entidad Conducto Enmendadas Seg ̇n indicado en la Parte II-A de esta Carta Circular, para el aÒo contributivo 2025 la radicaciÛn de la Planilla de Entidad Conducto se har· en conjunto con todos los Formularios 480.6EC correspondientes a dicha planilla. Adem·s, las cantidades informadas en todos los Formularios 480.6EC deben sumar las cantidades reportadas en la Planilla de Entidad Conducto. Por tal razÛn, aquellas Entidades Conducto que radiquen su Planilla de Entidad Conducto (“Planilla Original”) junto con todos los Formularios 480.6EC correspondientes y luego tengan que enmendar dicha planilla (“Planilla Enmendada”), deberán someter con dicha enmienda, tanto la enmienda de la planilla como todos los Formularios 480.6EC correspondientes, aun cuando la informaciÛn de los mismos no haya cambiado a consecuencia de la Planilla Enmendada. En aquellos casos en que los Formularios 480.6EC no sean modificados como resultado de la Planilla Enmendada, los mismos no se considerar·n como enmendados y lo ̇nico que cambiar· ser· el n ̇mero de confirmaciÛn de radicaciÛn electrÛnica (el cual es autom·ticamente asignado por el Programa Certificado). Por otro lado, si la Entidad Conducto necesita enmendar alguno de los Formularios 480.6EC radicados junto con la Planilla Original, esta deber· someter con dicha enmienda, todos los Formularios 480.6EC (incluyendo aquellos que no cambian a consecuencia de la enmienda) asÌ como tambiÈn una Planilla Enmendada, independientemente que en la misma no se modifique ning ̇n valor como resultado de la enmienda de los Formularios 480.6EC. En estos casos en que se someta una Planilla Enmendada ̇nicamente a consecuencia de la modificaciÛn de alguna informaciÛn general o demogr·fica de alguno de los dueÒos (esto es, el nombre, direcciÛn, n ̇mero de seguro social o identificaciÛn patronal, entre otros) en alguno de los Formularios 480.6EC, que no cambie en comparaciÛn con la Planilla Original, es importante que se marque el encasillado Marque aquÌ si est· enmendado ̇nicamente los Formularios 480.6 EC, de manera que el Departamento pueda no considerar dicha Planilla Enmendada como una enmienda, aun cuando la misma este marcada como tal. Por su parte, en aquellos casos en que un dueÒo reciba un Formulario 480.6EC enmendado como resultado de lo anterior, pero en el cual no cambia ning ̇n valor financiero que afecte su Planilla de ContribuciÛn sobre Ingresos, este no tendr· que enmendar dicha planilla, si ya radicÛ la misma incluyendo toda la informaciÛn del Formulario 480.6EC original que recibiÛ (que ser· la misma del Formulario 480.6EC enmendado, excepto por el n ̇mero de confirmaciÛn de radicaciÛn electrÛnica o de cierta informaciÛn general o demogr·fica en el mismo). Cabe seÒalar que siempre que se someta una Planilla Enmendada (incluyendo aquella en la cual no haya cambiado ning ̇n valor como resultado de haber enmendado alg ̇n Formulario 480.6EC para corregir alguna informaciÛn general o demogr·fica), la Entidad Conducto debe Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”) 27 de febrero de 2026 P·gina 7 asegurarse de someter nuevamente todas las evidencias siguiendo el procedimiento establecido en la Parte II-C de esta Carta Circular, incluyendo aquellas que fueron enviadas electrÛnicamente con la Planilla Original. G. Solicitud de PrÛrroga Autom·tica (Modelo SC 2644) Aquellos contribuyentes que no puedan radicar la Planilla de Entidad Conducto correspondiente al aÒo contributivo 2025 en la fecha establecida en la Parte II-A de esta Carta Circular, pueden solicitar una prÛrroga autom·tica para radicar la misma. Esta prÛrroga se solicita mediante la radicaciÛn del formulario Modelo SC 2644 - Solicitud de PrÛrroga para Rendir la Planilla de ContribuciÛn sobre Ingresos (“Solicitud de Prórroga”). Dicha solicitud solo se puede rendir por medios electrÛnicos a travÈs de SURI. Para m·s informaciÛn sobre el proceso de radicaciÛn electrÛnica de la Solicitud de PrÛrroga, puede referirse a la Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-01. III. Vigencia Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata. Para informaciÛn adicional relacionada con las disposiciones de esta Carta Circular, puede enviar un mensaje a travÈs de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123. Cordialmente, Lcdo. ¡ngel L. Pantoja RodrÌguez Secretario

Hash de contenido: a0be2b632b71f1c4… · Actualizado: 2026-07-21