CC RI 26-04
Radicación de la Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto, Formulario 480.2(EC), para el año contributivo 2025
- Puerto Rico
- Carta circular
- Vigencia: 2026-03-02
- Versión 1
27 de febrero de 2026
CARTA CIRCULAR DE RENTAS INTERNAS N⁄M. 26-04 (“CC RI 26-04”)
ATENCI”N: SOCIEDADES, CORPORACIONES Y COMPA—ÕAS DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE TRIBUTAN COMO ENTIDAD
CONDUCTO Y ESPECIALISTAS EN PLANILLA
ASUNTO: RADICACI”N DE LA PLANILLA INFORMATIVA SOBRE INGRESOS DE
ENTIDADES CONDUCTO, FORMULARIO 480.2(EC), PARA EL A—O
CONTRIBUTIVO 2025
I. ExposiciÛn de Motivos
La SecciÛn 1078.01(a)(3)(ii) del CÛdigo de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, seg ̇n
enmendado (“Código”), dispone que las reglas aplicables a la radicación de planillas
establecidas en la SecciÛn 1061.03 del CÛdigo ser·n aplicables a las Entidades Conducto,
seg ̇n dicho tÈrmino se define en la SecciÛn 1010.01(a)(43) del CÛdigo (en adelante,
“Entidades Conducto”). Conforme a las disposiciones de dicha sección, el Departamento de
Hacienda (“Departamento”) anualmente emite el Formulario 480.2(EC), Planilla Informativa
sobre Ingresos de Entidades Conducto (“Planilla de Entidad Conducto”) a ser utilizado para
la radicaciÛn de dicha planilla correspondiente al aÒo contributivo. Seg ̇n lo establecido en
la Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 20-10 (“CC RI 20-10”), desde el año contributivo
2019, es requisito que la radicaciÛn de la Planilla de Entidad Conducto se realice ̇nicamente
por medios electrÛnicos.
Adem·s, toda Entidad Conducto que venga obligada a radicar la Planilla de Entidad
Conducto para un aÒo contributivo debe preparar, radicar y entregar para dicho aÒo
contributivo, un Formulario 480.6 EC, DeclaraciÛn Informativa Entidad Conducto (“Formulario
480.6EC”), a cada uno de sus dueños. Conforme a lo establecido en la Carta Circular de
Rentas Internas N ̇m. 16-04 y al BoletÌn Informativo de PolÌtica Contributiva N ̇m. 16-04,
dichos formularios solo se pueden radicar por medios electrÛnicos.
Por su parte, el 25 de febrero de 2022, el Departamento emitiÛ el BoletÌn Informativo de
Rentas Internas N ̇m. 22-08 (“BI RI 22-08”) con el propÛsito de notificar que, a partir del aÒo
contributivo 2021, la Planilla de Entidad Conducto y los Formularios 480.6EC que se emitan
exclusivamente para dicha planilla solo se podr·n radicar por medios electrÛnicos a travÈs
de uno de los programas certificados por el Departamento para la preparaciÛn y radicaciÛn
electrónica de dicha planilla (“Programas Certificados”).
Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”)
27 de febrero de 2026
P·gina 2
A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular con el propÛsito de
establecer el procedimiento de radicaciÛn electrÛnica de la Planilla de Entidad Conducto para
el aÒo contributivo 2025 y de los Formularios 480.6EC que se emitan exclusivamente para
dicha planilla.
II. DeterminaciÛn
A. Fecha LÌmite para Radicar la Planilla de Entidad Conducto
Como regla general, toda Entidad Conducto que estÈ dedicada a industria o negocio en
Puerto Rico viene obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto no m·s tarde del ̇ltimo
dÌa del tercer (3er) mes siguiente al cierre del aÒo contributivo, conforme a lo dispuesto en
la SecciÛn 1061.03(a) del CÛdigo, seg ̇n enmendada por la Ley 65-2025. Asimismo, los
Formularios 480.6EC deben ser radicados electrÛnicamente, simult·neamente con dicha
planilla, y entregados a los socios, miembros o accionistas no m·s tarde del ̇ltimo dÌa del
tercer (3er) mes siguiente al cierre del aÒo contributivo de la entidad.
A manera de ejemplo, una Entidad Conducto con cierre de periodo anual de contabilidad el
30 de abril de 2026, debe rendir su Planilla de Entidad Conducto, junto con los Formularios
480.6EC, del aÒo contributivo 2025 no m·s tarde del viernes, 31 de julio de 2026. De igual
forma, la Planilla de Entidad Conducto y los Formularios 480.6EC correspondientes, que sea
rendida a base de un aÒo natural debe radicarse no m·s tarde del martes, 31 de marzo de
2026.
B. Proceso de RadicaciÛn de la Planilla de Entidad Conducto del AÒo
Contributivo 2025
Seg ̇n notificado en el BI RI 22-08, a partir del aÒo contributivo 2021, toda Entidad Conducto
que venga obligada a radicar la Planilla de Entidad Conducto, solo podr· radicar la misma
electrÛnicamente a travÈs de uno de los Programas Certificados. Dichos programas se
podr·n acceder a partir del martes, 3 de marzo de 2026, a travÈs de nuestra p·gina de
internet: www.hacienda.pr.gov, bajo el enlace Planillas 2025, o bajo el ·rea de Comerciantes,
en la opciÛn ContribuciÛn sobre Ingresos y seleccionando el enlace Radicar en LÌnea –
Planilla 2025. Sin embargo, la utilizaciÛn de dichos programas est· sujeta al costo
establecido por cada uno de los proveedores de los mismos.
Por su parte, los Especialistas en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegro
(“Especialistas”) podrán radicar electrónicamente las Planillas de Entidad Conducto
utilizando el programa privado de su selecciÛn que hayan adquirido para preparar las
planillas del aÒo contributivo 2025 de aquellos contribuyentes que los hayan contratado para
proveerles dicho servicio. Para completar la radicaciÛn electrÛnica de dichas planillas, el
Especialista utilizar· su n ̇mero de especialista (ID de Especialista) y el cÛdigo de
especialista (PIN de Especialista) que le fue asignado y que tiene disponible a travÈs de su
cuenta en el Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”).
Cabe seÒalar que la copia electrÛnica de la Planilla de Entidad Conducto que estar·
disponible a travÈs de la cuenta del contribuyente en SURI es la procesada por el
Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”)
27 de febrero de 2026
P·gina 3
Departamento. Por tal razÛn, le exhortamos a que guarde en sus expedientes una copia de
la planilla seg ̇n la misma fue radicada a travÈs del Programa Certificado para futuras
referencias.
C. Procedimiento para Radicar ElectrÛnicamente las Evidencias Requeridas
con la Planilla de Entidad Conducto
Todas las evidencias requeridas con su Planilla de Entidad Conducto deben ser sometidas
por medios electrÛnicos a travÈs de SURI, luego de haber radicado electrÛnicamente su
planilla a travÈs de uno de los Programas Certificados, pero no m·s tarde del cuarto dÌa
laborable despuÈs de la fecha de vencimiento establecida para radicar la Planilla de Entidad
Conducto, incluyendo prÛrrogas, o el cuarto dÌa laborable despuÈs de haber radicado
electrÛnicamente dicha planilla (en aquellos casos en que el contribuyente radica luego de
la fecha de vencimiento de la misma).
Cabe seÒalar que puede someter las evidencias antes de que culmine el periodo
anteriormente indicado. No obstante, una vez sometidas, no podr· aÒadir o eliminar
documentos, toda vez que la informaciÛn sometida pasar· a formar parte de su Planilla de
Entidad Conducto, y el Departamento comenzar· el procesamiento de la misma.
A continuaciÛn se establece el procedimiento para someter electrÛnicamente, a travÈs de
SURI, las evidencias requeridas con su Planilla de Entidad Conducto:
a. A travÈs de su cuenta de Entidad Conducto en SURI
Para someter las evidencias a travÈs de SURI utilizando esta opciÛn, siga los pasos
indicados a continuaciÛn:
(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseÒa.
(ii) En la secciÛn Resumen, ubique la cuenta Entidad Conducto y en la
opciÛn Cuenta, seleccione el enlace Someta evidencia de planilla.
TambiÈn puede acceder el enlace Someta evidencia de planilla que
est· disponible al seleccionar el enlace Formularios, periodos y otras
opciones.
(iii) Seleccione el enlace Someter evidencia requerida con planilla y siga
las instrucciones del sistema.
(iv) Una vez sometidas las evidencias, el sistema le proveer· un n ̇mero
de confirmaciÛn. Le exhortamos a conservar dicho n ̇mero en sus
expedientes.
Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”)
27 de febrero de 2026
P·gina 4
b. A travÈs de la p·gina principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar
sesiÛn
Bajo esta opciÛn, no es necesario que el contribuyente tenga una cuenta en SURI, pero si
debe tener accesible el n ̇mero de confirmaciÛn de radicaciÛn electrÛnica de la Planilla de
Entidad Conducto que le proveer· el Programa Certificado, una vez haya radicado la planilla.
Para someter las evidencias a travÈs de SURI utilizando esta opciÛn, siga los pasos
indicados a continuaciÛn:
(i) Acceda a SURI a travÈs de: https://suri.hacienda.pr.gov.
(ii) Desde la p·gina principal, sin iniciar sesiÛn, oprima el enlace Someta
evidencia para su planilla que se encuentra disponible bajo la opciÛn
Planillas.
(iii) Seleccione el enlace Someter evidencia requerida con planilla y siga
las instrucciones del sistema. En el Tipo de ID, seleccione la opciÛn
CÛdigo de ConfirmaciÛn e ingrese el n ̇mero de confirmaciÛn de
radicaciÛn electrÛnica de la Planilla de Entidad Conducto para la cual
va a someter las evidencias.
(iv) Una vez sometidas las evidencias, el sistema le proveer· un n ̇mero
de confirmaciÛn. Le exhortamos a que guarde dicho n ̇mero en sus
expedientes.
D. AutorizaciÛn de Firma Digital en Planillas Radicadas por Especialistas
En aquellos casos donde el contribuyente le pague a un Especialista por la preparaciÛn y
radicaciÛn de su Planilla de Entidad Conducto, el Especialista deber· obtener una
autorizaciÛn escrita del contribuyente para firmar de forma digital, en su representaciÛn, su
Planilla de Entidad Conducto. Para estos propÛsitos, el Departamento ha emitido el
formulario Modelo SC 2909 B, AutorizaciÛn a Especialistas en Planillas para la RadicaciÛn
ElectrÛnica y Firma Digital de la Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto
(“Modelo 2909B”). Dicho modelo incorpora cierta información de la Planilla de Entidad
Conducto en donde el contribuyente certifica que examinÛ dicha planilla y que la misma es
cierta, correcta y completa. El Modelo 2909B est· disponible en nuestra p·gina de internet,
www.hacienda.pr.gov, bajo el ·rea de Planillas, Formularios y Anejos.
Cabe seÒalar que el Modelo 2909B no ser· parte de la Planilla de Entidad Conducto que
estar· radicando electrÛnicamente el Especialista. No obstante, el Especialista debe
conservar, por un tÈrmino mÌnimo de diez (10) aÒos, el Modelo 2909B de cada Entidad
Conducto para el cual Èste haya radicado electrÛnicamente y firmado de forma digital la
Planilla de Entidad Conducto. Adem·s, debe conservar copia de la identificaciÛn entregada
por el contribuyente y de la planilla radicada electrÛnicamente.
E. Pago Estimado de la ContribuciÛn sobre la ParticipaciÛn Distribuible
Conforme a lo establecido en la CC RI 20-10, efectivo a partir del aÒo contributivo 2019, el
pago estimado de la contribuciÛn sobre ingresos de la participaciÛn distribuible en el ingreso
Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”)
27 de febrero de 2026
P·gina 5
de una Entidad Conducto, incluyendo los pagos relacionados a la opciÛn de acogerse a la
contribuciÛn opcional sobre ingreso bruto a nivel de la entidad, solo se podr· efectuar por
medios electrÛnicos a travÈs de SURI. Puede efectuar dicho pago de cualquiera de las
siguientes maneras:
1. A travÈs de su cuenta de Entidad Conducto en SURI
Para utilizar esta opciÛn, siga los pasos que se indican a continuaciÛn:
(i) Acceda a SURI e ingrese su usuario y contraseÒa.
(ii) En la secciÛn Resumen, ubique la cuenta Entidad Conducto y en la
opciÛn Cuenta, seleccione el enlace Efect ̇e un pago.
(iii) Escoja la opciÛn que utilizar· para efectuar el pago. Para m·s
informaciÛn sobre cada opciÛn de pago disponible, puede referirse al
BoletÌn Informativo de Rentas Internas N ̇m. 20-03 (“BI RI 20-03”), el
cual se encuentra en la p·gina de internet del Departamento:
www.hacienda.pr.gov.
(iv) Siga las instrucciones del sistema. En el Tipo de pago, aseg ̇rese de
seleccionar Pago de planilla y en el Periodo seleccionar el cierre del
aÒo contributivo para el cual interesa que se aplique el pago.
(v) Una vez completada la transacciÛn de pago, el sistema le proveer·
un resumen, junto con un n ̇mero de confirmaciÛn. Le exhortamos a
conservar dicha informaciÛn en sus expedientes.
2. A travÈs de la p·gina principal de SURI sin la necesidad de registro o iniciar
sesiÛn
Para utilizar esta opciÛn, siga los pasos indicados a continuaciÛn:
(i) Acceda a SURI a travÈs de: https://suri.hacienda.pr.gov.
(ii) Desde la p·gina principal, sin iniciar sesiÛn, oprima el enlace Efect ̇e
un pago que se encuentra disponible bajo la opciÛn de Pagos.
(iii) Escoja la opciÛn que utilizar· para efectuar el pago. Para m·s
informaciÛn sobre cada opciÛn de pago disponible, puede referirse al
BI RI 20-03, el cual se encuentra en la p·gina de internet del
Departamento: www.hacienda.pr.gov.
(iv) Siga las instrucciones del sistema. En la pantalla InformaciÛn del
Contribuyente, en la parte InformaciÛn de la Cuenta, aseg ̇rese de
seleccionar Entidad Conducto en el Tipo de Cuenta para Pagar y en
la parte InformaciÛn del periodo, aseg ̇rese de seleccionar el cierre
del Periodo de radicaciÛn para el cual interesa que se aplique el pago.
Adem·s, en la pantalla Pago, bajo el Tipo de pago, aseg ̇rese de
seleccionar Pago de planilla.
Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”)
27 de febrero de 2026
P·gina 6
(v) Una vez completada la transacciÛn de pago, el sistema le proveer·
una confirmaciÛn que incluye un resumen de la transacciÛn de pago
realizada, junto con un n ̇mero de confirmaciÛn. Le exhortamos a
conservar dicha informaciÛn en sus expedientes.
F. Planillas de Entidad Conducto Enmendadas
Seg ̇n indicado en la Parte II-A de esta Carta Circular, para el aÒo contributivo 2025 la
radicaciÛn de la Planilla de Entidad Conducto se har· en conjunto con todos los Formularios
480.6EC correspondientes a dicha planilla. Adem·s, las cantidades informadas en todos los
Formularios 480.6EC deben sumar las cantidades reportadas en la Planilla de Entidad
Conducto.
Por tal razÛn, aquellas Entidades Conducto que radiquen su Planilla de Entidad Conducto
(“Planilla Original”) junto con todos los Formularios 480.6EC correspondientes y luego tengan
que enmendar dicha planilla (“Planilla Enmendada”), deberán someter con dicha enmienda,
tanto la enmienda de la planilla como todos los Formularios 480.6EC correspondientes, aun
cuando la informaciÛn de los mismos no haya cambiado a consecuencia de la Planilla
Enmendada. En aquellos casos en que los Formularios 480.6EC no sean modificados como
resultado de la Planilla Enmendada, los mismos no se considerar·n como enmendados y lo
̇nico que cambiar· ser· el n ̇mero de confirmaciÛn de radicaciÛn electrÛnica (el cual es
autom·ticamente asignado por el Programa Certificado).
Por otro lado, si la Entidad Conducto necesita enmendar alguno de los Formularios 480.6EC
radicados junto con la Planilla Original, esta deber· someter con dicha enmienda, todos los
Formularios 480.6EC (incluyendo aquellos que no cambian a consecuencia de la enmienda)
asÌ como tambiÈn una Planilla Enmendada, independientemente que en la misma no se
modifique ning ̇n valor como resultado de la enmienda de los Formularios 480.6EC. En
estos casos en que se someta una Planilla Enmendada ̇nicamente a consecuencia de la
modificaciÛn de alguna informaciÛn general o demogr·fica de alguno de los dueÒos (esto es,
el nombre, direcciÛn, n ̇mero de seguro social o identificaciÛn patronal, entre otros) en
alguno de los Formularios 480.6EC, que no cambie en comparaciÛn con la Planilla Original,
es importante que se marque el encasillado Marque aquÌ si est· enmendado ̇nicamente los
Formularios 480.6 EC, de manera que el Departamento pueda no considerar dicha Planilla
Enmendada como una enmienda, aun cuando la misma este marcada como tal.
Por su parte, en aquellos casos en que un dueÒo reciba un Formulario 480.6EC enmendado
como resultado de lo anterior, pero en el cual no cambia ning ̇n valor financiero que afecte
su Planilla de ContribuciÛn sobre Ingresos, este no tendr· que enmendar dicha planilla, si ya
radicÛ la misma incluyendo toda la informaciÛn del Formulario 480.6EC original que recibiÛ
(que ser· la misma del Formulario 480.6EC enmendado, excepto por el n ̇mero de
confirmaciÛn de radicaciÛn electrÛnica o de cierta informaciÛn general o demogr·fica en el
mismo).
Cabe seÒalar que siempre que se someta una Planilla Enmendada (incluyendo aquella en la
cual no haya cambiado ning ̇n valor como resultado de haber enmendado alg ̇n Formulario
480.6EC para corregir alguna informaciÛn general o demogr·fica), la Entidad Conducto debe
Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“CC RI 26-04”)
27 de febrero de 2026
P·gina 7
asegurarse de someter nuevamente todas las evidencias siguiendo el procedimiento
establecido en la Parte II-C de esta Carta Circular, incluyendo aquellas que fueron enviadas
electrÛnicamente con la Planilla Original.
G. Solicitud de PrÛrroga Autom·tica (Modelo SC 2644)
Aquellos contribuyentes que no puedan radicar la Planilla de Entidad Conducto
correspondiente al aÒo contributivo 2025 en la fecha establecida en la Parte II-A de esta
Carta Circular, pueden solicitar una prÛrroga autom·tica para radicar la misma. Esta
prÛrroga se solicita mediante la radicaciÛn del formulario Modelo SC 2644 - Solicitud de
PrÛrroga para Rendir la Planilla de ContribuciÛn sobre Ingresos (“Solicitud de Prórroga”).
Dicha solicitud solo se puede rendir por medios electrÛnicos a travÈs de SURI. Para m·s
informaciÛn sobre el proceso de radicaciÛn electrÛnica de la Solicitud de PrÛrroga, puede
referirse a la Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-01.
III. Vigencia
Las disposiciones de esta Carta Circular tienen vigencia inmediata.
Para informaciÛn adicional relacionada con las disposiciones de esta Carta Circular, puede
enviar un mensaje a travÈs de su cuenta en SURI o comunicarse al (787) 622-0123.
Cordialmente,
Lcdo. ¡ngel L. Pantoja RodrÌguez
Secretario
Hash de contenido: a0be2b632b71f1c4… · Actualizado: 2026-07-21