Contributiva.
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CC RI 26-10

Reglas aplicables al Cheque de Alivio Contributivo para los trabajadores y la clase media para el año contributivo 2025 conforme a la Resolución Conjunta 6-2026

Puerto Rico
Carta circular
Vigencia: 2026-05-20
Versión 1

Fuente oficial ↗

20 de mayo de 2026 CARTA CIRCULAR DE RENTAS INTERNAS N⁄M. 26-10 (“CC RI 26-10”) ATENCI”N: TODOS LOS INDIVIDUOS ASUNTO: REGLAS APLICABLES AL CHEQUE DE ALIVIO CONTRIBUTIVO PARA LOS TRABAJADORES Y LA CLASE MEDIA PARA EL A—O CONTRIBUTIVO 2025 CONFORME A LA RESOLUCI”N CONJUNTA 6- 2026 I. ExposiciÛn de Motivos El 3 de febrero de 2026, la Gobernadora de Puerto Rico firmÛ la ResoluciÛn Conjunta 6-2026 (“Resolución”) que asigna $554 millones al Departamento de Hacienda (“Departamento”), con cargo al Fondo General, para la implementaciÛn y distribuciÛn del Cheque de Alivio Contributivo para los Trabajadores y la Clase Media para el año contributivo 2025” (“Alivio Contributivo”). La ResoluciÛn faculta al Secretario de Hacienda a promulgar cualquier norma administrativa y a emitir una publicaciÛn de car·cter general para establecer los par·metros de elegibilidad y la forma en que se efectuar· el pago del Alivio Contributivo a los contribuyentes elegibles. Seg ̇n dispone la ResoluciÛn, el Alivio Contributivo ser· determinado autom·ticamente por el Departamento luego de procesar la Planilla de ContribuciÛn sobre Ingresos de Individuos del año contributivo 2025 (“Planilla 2025”) del contribuyente, y se pagará de forma separada a cualquier reintegro, si alguno, al que tenga derecho el contribuyente. Como regla general, el pago del Alivio Contributivo se efectuar· por depÛsito directo utilizando la misma cuenta de la instituciÛn financiera informada en la Planilla 2025 para el depÛsito de cualquier reintegro correspondiente. Sin embargo, en aquellos casos en que el contribuyente no reclame reintegro en su Planilla 2025, la ResoluciÛn establece que el Departamento habilitar· un enlace a travÈs del Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”) que permitirá al contribuyente proveer la informaciÛn de su cuenta en una instituciÛn financiera para recibir el pago del Alivio Contributivo (“Enlace”). A tales efectos, el 8 de mayo de 2026 el Departamento emitiÛ el BoletÌn Informativo de Rentas Internas N ̇m. 26-04 (“BI RI 26-04”) con el propósito principal de notificar que: (i) ya est· disponible el Enlace para los contribuyentes que hubiesen radicado su Planilla 2025; (ii) los contribuyentes que no hayan podido someter su Planilla 2025 al miÈrcoles, 15 de abril de Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 2 2026, pero hayan radicado a tiempo una Solicitud de PrÛrroga Autom·tica, podr·n acceder al Enlace el prÛximo dÌa laborable luego de que sometan su Planilla 2025, y (iii) que el hecho de que el contribuyente confirme una cuenta en una instituciÛn financiera a travÈs del Enlace, o que dicho Enlace estÈ disponible en su cuenta de SURI, no constituye una determinaciÛn de elegibilidad para recibir el Alivio Contributivo. Adem·s, el BI RI 26-04 establece que el Departamento prÛximamente estarÌa emitiendo una Carta Circular para establecer los requisitos de elegibilidad y los par·metros para la distribuciÛn del Alivio Contributivo, conforme a lo dispuesto en la ResoluciÛn. A tenor con lo anterior, el Departamento emite esta Carta Circular para establecer los par·metros de elegibilidad del Alivio Contributivo y la forma en que se efectuar· el pago a los individuos elegibles. II. DeterminaciÛn A. Individuos Elegibles Para tener derecho a recibir el Alivio Contributivo, el individuo debe cumplir con todos los siguientes requisitos (“Individuo Elegible”): 1. Radicar la Planilla del AÒo Contributivo 2025 a tiempo La Planilla 2025 debe ser radicada no m·s tarde de la fecha dispuesta en la SecciÛn 1061.16 del CÛdigo de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”), incluyendo prÛrrogas. Para estos propÛsitos, se entender· que la Planilla 2025 fue radicada a tiempo si se sometiÛ no m·s tarde del miÈrcoles, 15 de abril de 2026, o del jueves, 15 de octubre de 2026 en caso de que el individuo haya solicitado a tiempo una prÛrroga autom·tica para rendir dicha planilla. En aquellos casos en que el contribuyente enmiende su Planilla 2025, dicha enmienda solo ser· considerada para propÛsitos del Alivio Contributivo, en la medida en que la misma haya sido radicada no m·s tarde del miÈrcoles, 15 de abril de 2026. Por tanto, una Planilla 2025 enmendada que sea radicada luego del miÈrcoles, 15 de abril de 2026 no ser· considerada para propÛsitos del Alivio Contributivo. Ejemplo: Individuo A radicÛ su Planilla 2025 el 29 de marzo de 2026. Sin embargo, este radicÛ una Planilla 2025 enmendada el 15 de abril de 2026. Individuo A recibir· su Alivio Contributivo a base de la Planilla 2025 enmendada que radicÛ el 15 de abril de 2026. Si Individuo A hubiese radicado la Planilla 2025 enmendada el 16 de abril de 2026, la Planilla 2025 que se hubiese considerado para el Alivio Contributivo es la Planilla 2025 original radicada el 29 de marzo de 2026. 2. Haber sido residente de Puerto Rico durante todo el aÒo El Alivio Contributivo solo es aplicable a individuos que hayan sido residentes de Puerto Rico durante todo el aÒo natural 2025 (esto es, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025). Por Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 3 tanto, se entender· que un individuo que falleciÛ durante el aÒo natural 2025 no fue residente durante todo el aÒo. Para propÛsitos de determinar los individuos que cualifican para el Alivio Contributivo, el Departamento considerará aquellos que contestaron “Sí” a la Pregunta B de la Página 1 de la Planilla 2025, y que no hayan marcado el encasillado de “Fallecido durante el año” que se encuentra en la P·gina 1 de dicha planilla. 3. Tener un Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn igual o menor de ciento cincuenta mil dÛlares ($150,000) Para estos propÛsitos, “Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn” ser· aquel determinado para computar la contribuciÛn normal a individuos bajo la SecciÛn 1021.01 del CÛdigo. Por tanto, el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn es el reflejado en las siguientes lÌneas de la Planilla 2025: (i) LÌnea 13 del Encasillado 2 de la P·gina 2 de la Planilla 2025. (ii) Individuo que computa su contribuciÛn normal utilizando el Anejo A2 Individuo: LÌnea 11, Columna A. (iii) Casados que elijan tributar bajo el CÛmputo Opcional (Anejo CO Individuo): LÌnea 11, Parte II del Anejo CO Individuo (el reflejado por cada cÛnyuge en dicha lÌnea). Cabe seÒalar que aquellos individuos que hayan reclamado en su Planilla 2025 la exenciÛn por alg ̇n dependiente que, al 31 de diciembre de 2025, no hubiese cumplido los dieciocho (18) aÒos de edad (“Dependiente Elegible”), para determinar si dicho individuo cumple con el requisito de “tener un ingreso neto sujeto a contribuciÛn igual o menor de ciento cincuenta mil dÛlares ($150,000)”, el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn indicado anteriormente (esto es, la LÌnea 13, Encasillado 2 de la P·gina 2 de la Planilla 2025; la LÌnea 11, Columna A del Aneo A2 Individuo o la LÌnea 11, Parte II del Anejo CO Individuo) se debe reducir por una deducciÛn adicional de $2,500 ($1,250 en caso de dependientes bajo custodia compartida o reclamados por padres casados que rinden Planilla por separado) por cada dependiente que, al 31 de diciembre de 2025, haya tenido diecisiete (17) aÒos o menos de edad (“Deducción Adicional por Dependiente Elegible”). Dicha deducciÛn se computa seg ̇n indicado en la Parte II-B-2 de esta Carta Circular. Es importante indicar que aquellos individuos que en la Planilla 2025 escojan computar su contribuciÛn sobre ingresos utilizando la ContribuciÛn Opcional (Anejo X Individuo) bajo las disposiciones de la SecciÛn 1021.06 del CÛdigo, en lugar de tributar bajo la contribuciÛn normal, no tendr·n derecho a recibir el Alivio Contributivo. Adem·s, aquellos individuos que estÈn sujetos a la contribuciÛn b·sica alterna seg ̇n las disposiciones de la SecciÛn 1021.02 del CÛdigo tampoco son elegibles para recibir el Alivio Contributivo ni aquellos que hayan calculado su contribuciÛn bajo las disposiciones de la SecciÛn 1032.09(d) del CÛdigo (Modelo SC 2668 - Paga Atrasada). Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 4 B. DeterminaciÛn del Alivio Contributivo El Alivio Contributivo ser· determinado autom·ticamente por el Departamento luego de procesar la Planilla 2025 del Individuo Elegible y se pagar· conforme se dispone en la Parte II-C de esta Carta Circular. Por tanto, el mismo no ser· determinado por el contribuyente en su Planilla 2025 ni tampoco ser· necesario que se complete un formulario o solicitud adicional. El Departamento determinar· el Alivio Contributivo de la siguiente manera: 1. Identificar si el Individuo Elegible tiene Dependientes Elegibles Para identificar si el Individuo Elegible tiene dependientes que, al 31 de diciembre de 2025, no hubiesen cumplido los dieciocho (18) aÒos de edad, se verificar·n los dependientes reclamados en el Anejo A1 Individuo de la Planilla 2025 cuya fecha de nacimiento sea a partir del 1 de enero de 2008. 2. Determinar la DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible Si el Individuo Elegible tiene Dependientes Elegibles, se calcular· una DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible de la siguiente manera: (i) Se sumar· la cantidad de Dependientes Elegibles que en el Anejo A1 Individuo de su Planilla 2025 no tengan marcado el Ûvalo de “Custodia Compartida/Casado que Rinde por Separado” y multiplicando dicho total por $2,500. (ii) Se sumar· la cantidad de Dependientes Elegibles que en el Anejo A1 Individuo de su Planilla 2025 tengan marcado el Ûvalo de “Custodia Compartida/Casado que Rinde por Separado” y multiplicando dicho total por $1,250. La suma de los Puntos 2(i) y 2(ii) ser· la DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible. Por tanto, si el Individuo Elegible no tiene Dependientes Elegibles, la DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible ser· cero. Adem·s, en el caso de contribuyentes casados que rinden la Planilla 2025 en conjunto bajo el CÛmputo Opcional (Anejo CO Individuo), la DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible se dividir· al 50% correspondiente a cada cÛnyuge. 3. Calcular el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado El “Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado” es el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn seg ̇n la Planilla 2025 (esto es, la LÌnea 13 del Encasillado 2 de la Planilla 2025; la LÌnea 11, Columna A del Anejo A2 Individuo, o la LÌnea 11, Parte II, Columna B o C del Anejo CO Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 5 Individuo, seg ̇n corresponda) menos la DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible (calculada seg ̇n el punto 2 anterior). Si el Individuo Elegible no tiene Dependientes Elegibles y, por ende, no le aplica la DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible, el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado ser· igual al Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn seg ̇n la Planilla 2025. 4. Computar la ContribuciÛn Normal seg ̇n la ResoluciÛn Para computar la ContribuciÛn Normal seg ̇n la ResoluciÛn, se multiplicar· el Ingreso Neto sujeto a ContribuciÛn Revisado (computado conforme al punto 3 anterior) por la contribuciÛn normal correspondiente bajo la siguiente tabla: Si el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado fuere: La contribuciÛn ser·: No mayor de $12,500 0 por ciento En exceso de $12,500, pero no en exceso de $25,000 6 por ciento del exceso sobre $12,500 En exceso de $25,000, pero no en exceso de $50,000 $750 m·s el 12 por ciento del exceso sobre $25,000 En exceso de $50,000, pero no en exceso de $100,000 $3,750 m·s el 24 por ciento del exceso sobre $50,000 En exceso de $100,000, pero no en exceso de $150,000 $15,750 m·s el 29 por ciento del exceso sobre $100,000 5. Determinar el Alivio Contributivo El Alivio Contributivo se determinar· calculando la diferencia entre la ContribuciÛn Normal, neta del descuento (92% o 95%), seg ̇n reflejada en la Planilla 2025 y la ContribuciÛn Normal seg ̇n la ResoluciÛn. La ContribuciÛn Normal seg ̇n la Planilla 2025 es la cantidad reportada en la: (i) LÌnea 17 del Encasillado 3 de la Planilla 2025; (ii) LÌnea 12(d) del Anejo A2 Individuo, o (iii) LÌnea 4, Parte III, Columna B o C del Anejo CO Individuo, seg ̇n aplique. Cabe seÒalar que el Individuo Elegible solo calificar· para recibir el Alivio Contributivo si la diferencia anteriormente indicada es mayor de cero. Por tanto, si la diferencia es cero o menor de cero, el individuo no es elegible para recibir el Alivio Contributivo 2025. Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 6 Adem·s, en la determinaciÛn del Alivio Contributivo, el Departamento tomar· en consideraciÛn cualquier ajuste que haga a la Planilla 2025 como parte del procesamiento de esta. Por ejemplo, en el cÛmputo del Alivio Contributivo se considerar· el impacto de cualquier Error Matem·tico o Ajuste de Planilla notificado al contribuyente una vez se finalice el proceso de ley establecido. Ejemplo 1: Individuo B es un contribuyente individual que para el aÒo contributivo 2025 reclamÛ dos (2) Dependientes Elegibles en su Anejo A1 Individuo. Adem·s, reportÛ $50,049 de Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn seg ̇n la LÌnea 13, Encasillado 2 de su Planilla 2025, sobre el cual determinÛ una ContribuciÛn Normal de $5,121 seg ̇n la LÌnea 17, Encasillado 3 de su Planilla 2025. Individuo B fue residente de Puerto Rico durante todo el aÒo natural 2025 y radicÛ su Planilla 2025 a tiempo. En este caso, el Alivio Contributivo aplicable a Individuo B es de $1,966 calculado como se indica a continuaciÛn: (i) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn (LÌnea 13, Encasillado 2 de la Planilla 2025) A $50,049 (ii) Menos: DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible ($2,500 multiplicado por 2 Dependientes Elegibles) B $5,000 (iii) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado (A menos B) C $45,049 (iv) ContribuciÛn Normal seg ̇n la ResoluciÛn (C multiplicado por las tasas de la Parte II-B-4 de esta Carta Circular) D $3,155 (v) ContribuciÛn Normal seg ̇n Planilla 2025 (LÌnea 17, Encasillado 3 de la Planilla 2025) E $5,121 (vi) Alivio Contributivo (E menos D) $1,966 6. DeterminaciÛn del Alivio Contributivo en el caso de Individuos Elegibles con Ingreso Neto Sujeto a Tasas Preferenciales (Anejo A2 Individuo) Si el Individuo Elegible utilizÛ el Anejo A2 Individuo para computar su ContribuciÛn Normal en la Planilla 2025, el Alivio Contributivo se determinar· utilizando el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Normal seg ̇n la LÌnea 11, Columna A del Anejo A2 Individuo y la ContribuciÛn Normal ser· la determinada en la LÌnea 12(d) de dicho anejo. Ejemplo 2: Individuo C rindiÛ su Planilla 2025 como contribuyente casado que rinde por separado y reclamÛ dos (2) dependientes bajo Custodia Compartida en el Anejo A2 Individuo de los cuales, solo uno (1) se considera un Dependiente Elegible para propÛsitos del Alivio Contributivo. En su Planilla 2025, Individuo C reportÛ $152,254 de Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn, de los cuales $1,015 estaban sujetos a una tasa preferencial de 10%, por lo que utilizÛ el Anejo A2 Individuo para calcular su contribuciÛn. En dicho anejo, presentÛ un Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn a tasas regulares seg ̇n la LÌnea 11, Columna A del Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 7 Anejo A2 Individuo de $151,239 (esto es, $152,254 menos $1,015 sujetos a tasas preferenciales), sobre el cual determinÛ una ContribuciÛn Normal de $36,141 seg ̇n la LÌnea 12(d) de dicho anejo. Adem·s, Individuo C fue residente de Puerto Rico durante todo el aÒo natural 2025 y radicÛ su Planilla 2025 a tiempo. En este caso, el Alivio Contributivo aplicable a Individuo C es de $5,895 calculado como se indica a continuaciÛn: (i) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Normal (LÌnea 11, Columna A del Anejo A2 Individuo) A $151,239 (ii) Menos: DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible ($1,250 multiplicado por 1 Dependiente Elegible bajo Custodia Compartida) B $1,250 (iii) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado (A menos B) C $149,989 (iv) ContribuciÛn Normal seg ̇n la ResoluciÛn (C multiplicado por las tasas de la Parte II-B-4 de esta Carta Circular) D $30,246 (v) ContribuciÛn Normal seg ̇n Planilla 2025 (LÌnea 12(d) del Anejo A2 Individuo) E $36,141 (vi) Alivio Contributivo (E menos D) $5,895 7. DeterminaciÛn del Alivio Contributivo en el caso de contribuyentes casados que rinden Planilla 2025 en conjunto bajo el CÛmputo Opcional del Anejo CO Individuo En el caso de individuos casados rindiendo Planilla en conjunto bajo el CÛmputo Opcional (Anejo CO Individuo), el Alivio Contributivo se determinar· de forma individual para cada cÛnyuge. A tales efectos, el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn seg ̇n la Planilla 2025 ser· el determinado por cada cÛnyuge en la LÌnea 11, Parte II del Anejo CO Individuo. Asimismo, la ContribuciÛn Normal seg ̇n Planilla 2025 ser· la determinada por cada cÛnyuge en la LÌnea 4, Parte III del Anejo CO Individuo. Sin embargo, si el contribuyente o su cÛnyuge utilizÛ el Anejo A2 Individuo para computar su responsabilidad contributiva en la Planilla 2025, el Departamento utilizar· dicho anejo para computar el Alivio Contributivo al que tiene derecho ese cÛnyuge, seg ̇n se establece en la Parte II-B-6 de esta Carta Circular. Ejemplo 3: Individuos D y E son contribuyentes casados que rindieron su Planilla 2025 en conjunto bajo el CÛmputo Opcional del Anejo CO Individuo y reclamaron dos (2) Dependientes Elegibles, uno de estos bajo Custodia Compartida. Ambos fueron residentes de Puerto Rico durante todo el aÒo natural 2025 y radicaron su Planilla 2025 a tiempo. Adem·s, el Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn y la ContribuciÛn Normal reportados en dicho anejo fue como se indica a continuaciÛn: Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 8 Individuo D Columna B - Contribuyente Individuo E Columna C – CÛnyuge Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn (LÌnea 11, Parte II del Anejo CO Individuo) $94,719 $36,491 ContribuciÛn Normal (LÌnea 4, Parte III del Anejo CO Individuo) $18,422 $2,509 En este caso, el Alivio Contributivo aplicable a Individuos D y E es de $4,996 calculado de la siguiente manera: Individuo D Individuo E (i) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn (LÌnea 11, Parte II del Anejo CO Individuo de la Planilla 2025) A $94,719 $36,491 (ii) Menos: $3,750 de DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible (esto es, $2,500 multiplicado por 1 Dependiente Elegible m·s $1,250 multiplicado por 1 Dependiente Elegible bajo Custodia Compartida) - (50% atribuible a cada cÛnyuge) B $1,875 $1,875 (iii) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado (A menos B) C $92,844 $34,616 (iv) ContribuciÛn Normal seg ̇n la ResoluciÛn (C multiplicado por las tasas de la Parte II-B-4 de esta Carta Circular) D $14,032 $1,903 (v) ContribuciÛn Normal seg ̇n Planilla 2025 (LÌnea 4, Parte III del Anejo CO Individuo) E $18,422 $2,509 (vi) Alivio Contributivo por cÛnyuge (E menos D) F $4,390 $606 (vii) Total del Alivio Contributivo (Suma de F) $4,996 C. Pago del Alivio Contributivo Conforme a la ResoluciÛn, el Alivio Contributivo se pagar· de forma separada a cualquier reintegro al que tenga derecho el contribuyente, si alguno, sin requerirle a los contribuyentes someter un formulario o documento adicional para recibir el beneficio aquÌ dispuesto. Adem·s, el pago del Alivio Contributivo se efectuar· por depÛsito directo utilizando la cuenta de banco indicada en su Planilla 2025 para el pago de su reintegro. En aquellos casos donde el contribuyente no reclame reintegro con su Planilla 2025, o si reclamÛ reintegro pero solicitÛ que este le fuese pagado en cheque y no por depÛsito directo, puede utilizar el Enlace para proveer su cuenta en una instituciÛn financiera donde interesa que, de ser elegible para el Alivio Contributivo, le sea depositado el mismo. No obstante, aquellos contribuyentes que no confirmen su cuenta en una instituciÛn financiera, el Alivio Contributivo ser· enviado en Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 9 un cheque por correo a la ̇ltima direcciÛn conocida del Individuo Elegible. Para m·s informaciÛn sobre el Enlace, puede referirse al BI RI 26-04. Por su parte, y seg ̇n dispuesto en la SecciÛn 7 de la ResoluciÛn, en el caso de Individuos Elegibles con deudas con el Departamento o con la AdministraciÛn para el Sustento de Menores (ASUME), el Alivio Contributivo ser· aplicado a dichas deudas y cualquier remanente, si alguno, ser· pagado al contribuyente. No obstante, el pago no estar· sujeto a ninguna otra retenciÛn por parte del Departamento. Finalmente, en el caso de que el Alivio Contributivo se retenga para pagar deudas con el Departamento, se entender· que el pago de la deuda se hizo el 15 de abril de 2026 para propÛsitos del cÛmputo de intereses, penalidades y recargos. Ejemplo 4: Presuma los mismos hechos del Ejemplo 1 de la Parte II-B-5 de esta Carta Circular, pero Individuo B tenÌa una deuda con el Departamento por la cantidad de $1,900. En este caso, el Alivio Contributivo aplicable a Individuo B es de $66 calculado como se indica a continuaciÛn: (i) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn (LÌnea 13, Encasillado 2 de la Planilla 2025) A $50,049 (ii) Menos: DeducciÛn Adicional por Dependiente Elegible ($2,500 multiplicado por 2 Dependientes Elegibles) B $5,000 (iii) Ingreso Neto Sujeto a ContribuciÛn Revisado (A menos B) C $45,049 (iv) ContribuciÛn Normal seg ̇n la ResoluciÛn (C multiplicado por las tasas de la Parte II-B-4 de esta Carta Circular) D $3,155 (v) ContribuciÛn Normal seg ̇n Planilla 2025 (LÌnea 17, Encasillado 3 de la Planilla 2025) E $5,121 (vi) Alivio Contributivo (E menos D) F $1,966 (vii) Menos: Deuda con el Departamento G $1,900 (viii) Alivio Contributivo a pagar a Individuo B (F menos G) $66 D. TributaciÛn del Alivio Contributivo El Alivio Contributivo se considerar· un ingreso excluido de toda contribuciÛn sobre ingresos en Puerto Rico, incluyendo la contribuciÛn b·sica alterna de la SecciÛn 1021.02 del CÛdigo. De igual forma, dicho monto tampoco ser· considerado como ingreso para propÛsitos de determinar la elegibilidad del individuo para otros beneficios o programas de asistencia del Gobierno de Puerto Rico. Carta Circular de Rentas Internas N ̇m. 26-10 (“CC RI 26-10”) 20 de mayo de 2026 P·gina 10 III. Vigencia Las disposiciones de esta Carta Circular tendr·n vigencia de manera inmediata. Para informaciÛn adicional relacionada con las disposiciones de esta Carta Circular, puede enviar un mensaje a travÈs de su cuenta en SURI o puede comunicarse al (787) 622-0123. Cordialmente, Lcdo. ¡ngel L. Pantoja RodrÌguez Secretario

Hash de contenido: d2d7b8c75bdfed2f… · Actualizado: 2026-07-21