Código PR §4020.04
Persona Responsable por el Pago del Impuesto
- Puerto Rico
- Sección de código
- Versión 1
(a) En General.- Excepto que de otro modo se disponga en este Subtítulo, cualquier
persona que compre, use, consuma o almacene para uso o consumo en Puerto Rico una partida
tributable será el responsable principal por el pago de dicho impuesto al Secretario.
(b) Excepción.- Cuando una transacción esté sujeta al impuesto sobre ventas y uso
fijado por este Subtítulo, y el comerciante tenga la obligación de cobrar el impuesto como agente
retenedor (según definido en la Sección 1010.01(a)(15)), éste será el responsable principal del
pago del impuesto atribuible a la transacción. No obstante, el Secretario podrá cobrarle a un
comprador el impuesto fijado en este Subtítulo sobre una partida tributable cuando dicho
comerciante incumpla con su obligación de cobrar el impuesto.
Hash de contenido: 080f51d01c066ccf… · Actualizado: 2026-07-21