Código PR §1083.08
Pérdida Neta en Operaciones
- Puerto Rico
- Sección de código
- Versión 1
El beneficio de la deducción por pérdida neta en operaciones admitida por la Sección
1031.04(a)(11) será concedido a las sucesiones y a los fideicomisos bajo reglamentos
promulgados por el Secretario.
Hash de contenido: 89825222f4d4f110… · Actualizado: 2026-07-21