Código PR §1023.03
Contribución Alternativa a Corporaciones sobre Ganancia Neta de
- Puerto Rico
- Sección de código
- Versión 1
Capital a Largo Plazo
(a) Si para cualquier año contributivo la ganancia neta de capital a largo plazo de
cualquier corporación excediere la pérdida neta de capital a corto plazo, se impondrá, cobrará y
pagará, en lugar de la contribución impuesta por las Secciones 1022.01, 1022.02 y 1022.03, una
contribución determinada como sigue, pero únicamente si dicha contribución fuere menor que la
contribución impuesta por dichas secciones:
(1) una contribución parcial será primero computada sobre el ingreso neto sin
incluir el monto del exceso de la ganancia neta de capital, a los tipos y en la forma como
si no existiera esta sección.
(2) Se determinará entonces una cantidad igual al quince (15) por ciento de
dicho exceso.
(3) La contribución total será la contribución parcial computada bajo el
párrafo (1), más la cantidad computada bajo el párrafo (2).
Hash de contenido: dd37de1e25938ee0… · Actualizado: 2026-07-21